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Consultas realizadas a la DGMM y otras instituciones

CT 1: Los patrones portuarios podrán gobernar embarcaciones de lista 6º hasta 100 GT, 12 pasajeros y 3 millas del puerto.


CT 2: CHALECOS MOTOS NAUTICAS: Podrán usar chalecos de 50N en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general.


CT 3: AMPLIACION CONSULTA CHALECOS MOTOS NAUTICAS: Por aguas costeras protegidas debe entenderse aguas con protección contra fuertes olas rompientes, corrientes o vientos fuertes, donde la posibilidad de ser arrastrado o alejado de la costa o de un lugar seguro es mínima.

CT 1 APN Patrones Portuarios RESOLUCION (pdf)

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CT 2 APN Chalecos Motos Náuticas - Resolución (pdf)

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CT 3 APN Chalecos Motos Náuticas - AGUAS PROTEGIDAS - Resolución (pdf)

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